Sentencia N° 2133 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de noviembre de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 2133, Exp. 07-0612, 09/11/2007
Expediente07-0612
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2007-11-09
DecisiónTerminación del procedimiento por abandono del trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por SERMICIP, C.A. contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Anzoátegui. La Sala declara la terminación del procedimiento por abandono del trámite, dado que la parte actora no ha actuado en el proceso desde mayo de 2007, lo que se considera como pérdida de interés en la tutela de sus derechos. Además, se impone una multa a la parte actora por el entorpecimiento del proceso.

Extracto de la motiva

En el presente caso, se somete al conocimiento de la Sala una acción de amparo incoada contra la decisión dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, por lo que de conformidad con lo previsto en el literal b) de la Disposición Derogatoria, Transitoria y Final de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, bajo el n° 37.942, el 20 de mayo de 2004, que permite a la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal integrar el régimen procesal del amparo, a través de las interpretaciones vinculantes que realiza dicha Sala, con base en los artículos 335 y 266, numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la misma debe reiterar la inveterada jurisprudencia sentada, la cual puede reducirse a la afirmación de que a esta Sala Constitucional le corresponde conocer de las acciones de amparo constitucional, en única instancia, ejercidas contra las sentencias dictadas por los juzgados superiores (excepto los contenciosos administrativos), cortes de apelaciones y cortes de lo contencioso administrativo, en su condición de instancia superior a los mismos, esta Sala es competente para conocer la presente acción de amparo constitucional, y así se decide.

Dispositiva

Por las razones que fueron expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara LA TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la pretensión de amparo que incoó el abogado Jesús Antonio Alvarado Rendón, en su carácter de apoderado judicial de SERMICIP, C.A., contra la sentencia dictada el 21 de junio de 2006 por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en El Tigre. Se IMPONE a la accionante una multa de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,00) o CINCO BOLÍVARES FUERTES (BsF 5), pagaderos a favor del Fisco Nacional, en cualquier institución financiera receptora de fondos públicos.

Palabras clave

amparoabandonode trámiteconstitucionalderechos fundamentalesdebido procesomultaacción de amparo

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca