Sentencia N° 2133 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de agosto de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 2133, Exp. 03-1716, 06/08/2003
Expediente03-1716
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-08-06
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revocó la sentencia del Juzgado Superior Décimo que había declarado sin lugar el amparo constitucional interpuesto por Anatolia del Rosario Vivas Peñaloza. La Sala consideró que se había violado el derecho a la defensa y al debido proceso, ya que la decisión del tribunal inferior desmejoró la situación de la apelante sin que esta hubiera apelado. Se ordenó la reposición de la causa al estado de que un tribunal distinto dicte nueva sentencia.
Extracto de la motiva
La querellante denunció como lesiva de sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la obtención de oportuna y adecuada respuesta la sentencia definitiva que, en alzada, pronunció el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 20 de noviembre de 2002, en el juicio que, por resolución de contrato de arrendamiento, le sigue Administradora Anclemy C.A. El juez del fallo objeto de apelación declaró sin lugar el amparo por cuanto consideró que no hubo violación de los derechos constitucionales de la quejosa, además de que el amparo no constituye una especie de casación o de tercera instancia. Para la decisión la Sala observa: Con las copias certificadas que cursan en autos se comprueba que, el 11 de julio de 2002, el Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas declaró parcialmente con lugar la demanda que, por resolución de contrato de arrendamiento, incoó Administradora Anclemy C.A. contra la aquí querellante. En dicho fallo, el Juzgado de Municipio estableció que la arrendataria (aquí querellante) demostró la solvencia en el pago de los cánones de arrendamiento, no así en la del pago del servicio de agua a que se obligó en el contrato cuya resolución se demandó. Con base en ello declaró parcialmente con lugar la demanda y, por cuanto no hubo vencimiento total, hizo pronunciamiento expreso sobre la no condenatoria en costas.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, REVOCA la sentencia que fue objeto de apelación que dictó el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 25 de junio de 2003, y declara CON LUGAR la demanda de amparo que interpuso la ciudadana ANATOLIA DEL ROSARIO VIVAS PEÑALOZA contra la sentencia definitiva que pronunció, el 20 de noviembre de 2002, el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esa misma circunscripción judicial, la cual se declara nula, al igual que todas las actuaciones procesales subsiguientes. En consecuencia, se REPONE la causa primigenia al estado de que un Tribunal de Primera Instancia, distinto al agraviante, dicte nueva sentencia de alzada y se declara CON LUGAR el recurso de apelación que se incoó contra el fallo en cuestión.
Palabras clave
amparo constitucionalderecho a la defensadebido procesoresolución de contratoarrendamientoreformatio in peiussentencia nula