Sentencia N° 213 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de abril de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 213, Exp. 13-1176, 09/04/2014
Expediente13-1176
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-04-09
DecisiónImprocedente in limine litis

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la demanda de amparo interpuesta por el ciudadano Chen Weifeng contra la sentencia del Juzgado Superior que declaró sin lugar el recurso de apelación en un caso de enriquecimiento sin causa. Se argumenta que el demandante no demostró la ausencia de causa jurídica que justificara el depósito de dinero realizado, lo que llevó a la confirmación de la decisión del tribunal inferior. La Sala concluye que la pretensión de amparo no cumple con los requisitos establecidos en la ley, ya que no se evidencian violaciones a derechos fundamentales.

Extracto de la motiva

Luego del análisis de la pretensión de amparo que fue interpuesta, esta Sala procede a la comprobación del cumplimiento de los requisitos que exige el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y encuentra que dicha pretensión cumple con los mismos. Así se declara. En cuanto a la admisibilidad de la demanda de amparo sub examine, a la luz de las causales de inadmisibilidad establecidas en los artículos 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y 133 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, la Sala concluye que, por cuanto no se halla incursa prima facie en las mismas, aquella es admisible. Así se declara. En el caso de autos, la representación judicial del ciudadano Chen Weifeng, demandó amparo constitucional contra el fallo que emitió el 9 de agosto de 2013, el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño, Niña y Adolescente y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de apelación que había sido interpuesto por el ahora quejoso contra la sentencia que dictó el 15 de febrero de 2013, el Juzgado de Municipio Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial de la misma Circunscripción Judicial, que declaró con lugar la demanda que por enriquecimiento sin causa intentó el ciudadano Xixian Liang contra el hoy accionante.

Dispositiva

Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la demanda de amparo que intentó el ciudadano CHEN WEIFENG, asistido por la abogada Sandy Rojas Farías, contra la sentencia que pronunció, el 9 de agosto de 2013, el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño, Niña y Adolescente y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

enriquecimiento sin causapago indebidopruebacomercioresponsabilidad

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