Sentencia N° 2125 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de agosto de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 2125, Exp. 02-2022, 06/08/2003
Expediente02-2022
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-08-06
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirma la decisión del Juzgado Superior Segundo que declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos Rómulo Antonio Hernández Chacón y Luis Wilhem Hernández. La acción se fundamentó en la falta de motivación de la sentencia dictada el 4 de febrero de 2000 por el Juzgado Primero de Primera Instancia, que había declarado sin lugar las apelaciones interpuestas por los demandantes. La Sala argumenta que la falta de motivación vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva.
Dispositiva
CONFIRMA el fallo del 11 de enero de 2002, dictado por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que declaró CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Franklin Alberto Pineda Carvajal, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos RÓMULO HERNÁNDEZ CHACÓN y LUIS WILHEM HERNÁNDEZ, contra la decisión dictada el 4 de febrero de 2000, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Palabras clave
amparo constitucionalderecho a la defensadebido procesomotivación de sentenciastutela judicial efectivadecisión judicialjurisdicciónderechos humanos