Sentencia N° 2109 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de septiembre de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 2109, Exp. 04-1499, 14/09/2004
Expediente04-1499
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-09-14
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un oficio de la Corte Marcial sobre la inadmisibilidad de una acción de amparo constitucional presentada por el Coronel (Av) Pedro Emilio Picos Guerrero. La Sala ordenó a la Corte Marcial remitir copia certificada del auto dictado el 20 de mayo de 2004 y del recurso de apelación correspondiente. La decisión se fundamenta en la falta de documentación necesaria para evaluar la acción de amparo.
Extracto de la motiva
Visto que en el expediente no se encuentra la decisión accionada así como tampoco el recurso de apelación sobre el cual se alegó la causal de inadmisibilidad prevista en el artículo 6, numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional, oficie a la Corte Marcial, a los fines de que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a que conste en autos su notificación, remita a este Máximo Tribunal copia certificada del auto dictado el 20 de mayo de 2004 por el Juzgado Militar Segundo de Primera Instancia Permanente de Caracas y del recurso de apelación que contra dicho auto intentó la parte accionante.
Dispositiva
Publíquese, regístrese y ofíciese. Cúmplase lo ordenado. Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas a los catorce (14) días del mes de septiembre de dos mil cuatro.
Palabras clave
amparo constitucionalinadmisibilidadCorte Marcialrecurso de apelacióndecisión judicialderechos constitucionalesTribunal Supremo de Justicia