Sentencia N° 2108 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de agosto de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 2108, Exp. 03-1616, 05/08/2003
Expediente03-1616
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-08-05
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda de amparo interpuesta por Julia Pérez de Rodríguez, alegando violación de su derecho a la defensa y al debido proceso. La Sala fundamenta su decisión en la falta de notificación de la decisión de primera instancia, que no es imputable al tribunal de alzada, sino al tribunal de la causa. Se concluye que la lesión de orden constitucional denunciada no es atribuible al Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito.
Extracto de la motiva
Por cuanto, con fundamento en los artículos 266, cardinal 1, 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la Sala declaró su competencia para el conocimiento de las demandas de amparo constitucional que se ejerzan contra las sentencias de última instancia que dicten los Juzgados Superiores de la República, salvo el caso de las que pronuncien los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo. Y por cuanto, en el caso de autos, el amparo fue ejrcido contra decisión que dictó el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, esta Sala se declara su competente para el conocimiento de la demanda en referencia. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de amparo que incoó la ciudadana JULIA PÉREZ DE RODRÍGUEZ, mediante la representación de los abogados Alfredo Manuel Staback y Galy Maracara de Staback, contra la decisión que dictó, el 28 de junio de 2002, el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
amparo constitucionalderecho a la defensadebido procesonotificaciónsentenciainadmisiibilidadjurisdiccióncompetencia