Sentencia N° 2107 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de noviembre de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 2107, Exp. 06-1014, 28/11/2006
Expediente06-1014
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-11-28
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda de nulidad por inconstitucionalidad presentada por varios ciudadanos contra el artículo 2, ordinal 3° de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios de la Administración Pública. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de representación judicial de la abogada que interpuso la demanda, ya que su poder se limitaba a la defensa en una acción de amparo y no incluía la facultad para presentar la demanda de nulidad.
Extracto de la motiva
En el caso de autos, la falta de atribución expresa a la apoderada judicial de los demandantes para la incoación de una demanda de nulidad por inconstitucionalidad, equivale a la interposición de la acción de nulidad sin representación judicial, pues, el mandato sólo se refiere a 'Amparo Constitucional'. Por tanto, conforme a lo que establece el artículo 19.6 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se declara inadmisible el recurso de nulidad por inconstitucionalidad por falta de representación judicial de la apoderada de la parte actora. Así se decide.
Dispositiva
Con fundamento en las consideraciones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de nulidad, por razones de inconstitucionalidad, que plantearon los ciudadanos REYNALDO MORALES, JESÚS HENRÍQUEZ, FLORENCIO HERNÁNDEZ, NORMA GAMARRA y NELSON ORTEGA contra el artículo 2, ordinal 3°, de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Funcionarias o Empleados o Empleadas de la Administración Pública Nacional, de los Estados y de los Municipios.