Sentencia N° 2105 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de noviembre de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 2105, Exp. 05-2159, 28/11/2006
Expediente05-2159
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-11-28
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar la demanda de nulidad interpuesta por la Compañía Occidental de Hidrocarburos Inc. contra la Ordenanza sobre el Régimen de Contingencia del Municipio Rosario de Perijá, publicada en la Gaceta Oficial nº 113. La Sala argumenta que la ordenanza vulnera derechos fundamentales, como el derecho a la defensa y el acceso a la jurisdicción, al imponer condiciones que limitan la capacidad de los contribuyentes para impugnar actos administrativos. Además, se establece que la ordenanza es inconstitucional por su irretroactividad y por usurpar funciones del poder legislativo nacional.

Extracto de la motiva

La Sala estima que la Ordenanza impugnada vulnera el derecho de defensa y de acceso a la jurisdicción de los contribuyentes, previstos en el artículo 68 de la abrogada Constitución de 1961 y recogidos en los artículos 26 y 49.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se observa que la referida ordenanza exigía que para admitir el recurso jerárquico en contra de un acto emanado de la administración tributaria local, el contribuyente debía pagar el impuesto o multa determinado por ella, o bien constituir garantías suficientes para asegurar el pago, en el caso de que el recurso no prosperare. Esta exigencia restringe las posibilidades de impugnación en sede administrativa, permitiendo el ejercicio de los recursos únicamente a aquellas personas que tengan disponibilidad para ese pago, lo que merma la capacidad de impugnación a quienes no se encuentren en igual situación. Asimismo, se rechaza la vulneración a la garantía de irretroactividad de las leyes, pues la ordenanza establece que los reparos fiscales determinados a los contribuyentes con anterioridad a su promulgación deberán ajustar su régimen tributario transitorio de conformidad a sus disposiciones, lo que resulta inconstitucional.

Dispositiva

1.- Declara CON LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por los apoderados judiciales de COMPAÑÍA OCCIDENTAL DE HIDROCARBUROS INC., (ahora ARCO PRODUCCIÓN DE VENEZUELA, LTD.) y, en consecuencia, ANULA la Ordenanza sobre el Régimen de Contingencia al cual deberán someterse los contribuyentes que se le determinen Impuestos Complementarios por Reparos Fiscales, sancionada por el Concejo Municipal del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia, publicada en la Gaceta Oficial de dicho ente político-territorial nº 113 de 03 de septiembre de 1996. 2.- Se FIJAN los efectos de esta sentencia con carácter ex tunc, es decir, desde la entrada en vigor del acto anulado. 3.- Se ORDENA publicar el contenido íntegro de la presente decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y en la Gaceta Oficial del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia.

Palabras clave

nulidadordenanzaderecho a la defensaacceso a la jurisdicciónirretroactividadreparos fiscalesimpuestoscompetencia

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