Sentencia N° 2100 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de noviembre de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 2100, Exp. 07-1160, 07/11/2007
Expediente07-1160
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2007-11-07
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 7 de noviembre de 2007, declaró sin lugar la apelación interpuesta por Lirianny Isabel Ferrer Núñez contra la decisión del Juzgado Superior Primero que había declarado inadmisible su acción de amparo. La Sala fundamentó su decisión en la falta de agotamiento de las vías ordinarias, como la tercería o el recurso de apelación, que debieron ser ejercidas antes de recurrir al amparo constitucional.

Extracto de la motiva

La acción de amparo constitucional opera bajo las siguientes condiciones: a) Una vez que los medios judiciales ordinarios han sido agotados y la situación jurídico constitucional no ha sido satisfecha. La exigencia del agotamiento de los recursos a que se refiere el aludido literal a), no tiene el sentido de que se interponga cualquier recurso imaginable, sino sólo los que permitan reparar adecuadamente lesiones de derechos fundamentales que se denuncian. No se obliga pues a utilizar en cada caso todos los medios de impugnación que puedan estar previstos en el ordenamiento procesal, sino tan sólo aquellos normales que, de manera clara, se manifiesten ejercitables y razonablemente exigibles.

Dispositiva

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta el 16 de julio de 2007, por los apoderados judiciales de la ciudadana LIRIANNY ISABEL FERRER NUÑEZ y CONFIRMA la sentencia dictada el 13 de julio de 2007, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.

Palabras clave

amparo constitucionalinadmisibilidadderechos fundamentalesmedidas cautelaresacción de terceríaCódigo de Procedimiento CivilEstado Carabobo

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