Sentencia N° 21 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de febrero de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 0021, Exp. 23-0958, 05/02/2024
Expediente23-0958
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-02-05
DecisiónSe ordena la remisión del expediente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un oficio del Tribunal de Primero Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Yaracuy, relacionado con un desacato a un mandamiento de amparo constitucional. Se identificaron a varios demandantes y se mencionó a la sociedad mercantil Alimentos Polar Comercial, C.A. como demandada. La Sala decidió solicitar la remisión inmediata del expediente para pronunciarse sobre el caso.

Extracto de la motiva

En ese sentido, y en aras de dictar una decisión ajustada a derecho, esta Sala acuerda solicitar al Juzgado de la causa, la remisión de manera inmediata del mencionado expediente, en un lapso de cinco (5) días de despacho, más tres (3) días como término de distancia, contados a partir del recibo del oficio que a tales efectos se ordena librar, a los fines del pronunciamiento de esta Sala, en el presente caso. Así se decide. Asimismo, se advierte que en caso de no cumplir con lo ordenado por esta Sala, tal omisión podría acarrear la sanción prevista en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que prevé la posibilidad de aplicar “(…) multa equivalente hasta doscientas veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido por el Banco Central de Venezuela, a las personas funcionarias o funcionarios que no acataren sus órdenes o decisiones o no le suministraren oportunamente las informaciones, datos o expedientes que solicitare de ellos, sin perjuicio de las sanciones penales, civiles, administrativas o disciplinarias a que hubiere lugar.”.

Dispositiva

Se ordena la remisión del expediente al Juzgado de la causa en un lapso de cinco días de despacho, más tres días como término de distancia.

Palabras clave

desacatoamparo constitucionaltrabajo

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