Sentencia N° 21 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de enero de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 21, Exp. 00-2919, 23/01/2002
Expediente00-2919
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2002-01-23
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de revisión interpuesta por la abogada Mirna Mas y Rubi Spósito, en su carácter de Juez Provisorio, contra la decisión de la Corte de Apelaciones que confirmó un mandamiento de hábeas corpus a favor de José Vicente Santana Osuna. La Sala declaró improcedente la solicitud, argumentando que la decisión del Tribunal de Control estaba ajustada a derecho y que el conocimiento del hábeas corpus correspondía a los Juzgados penales, no a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo como alegaba la recurrente.

Extracto de la motiva

El asunto sometido a la consideración de esta Sala, tiene su origen en una solicitud de revisión de la decisión que emitiera la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta el 17 de agosto de 2000, que confirmó la decisión del 6 de abril de 2000 dictada por el Tribunal de Control No. 2 de ese mismo Circuito Judicial Penal, que declaró con lugar un mandamiento de hábeas corpus, interpuesto por el ciudadano José Vicente Santana Osuna, en contra de la orden de arresto de ocho (8) días dictada en su contra por la Juez Provisorio del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. Ahora bien, siendo la oportunidad de decidir la presente solicitud de revisión esta Sala observa: Alegó la Juez Provisoria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta que la medida de arresto por ocho (8) días dictada contra el referido ciudadano constituyó un acto administrativo sancionatorio que resultaba impugnable a través de un recurso contencioso administrativo de anulación y no a través de una acción de amparo constitucional por restricción arbitraria de la libertad. En este sentido observa la Sala que tanto la doctrina como la jurisprudencia han sido contestes en considerar que las sanciones correctivas y disciplinarias decretadas por los jueces, en ejercicio de la potestad disciplinaria de la cual están investidos, son actos administrativos de efectos particulares, toda vez que el tribunal no actúa en la función jurisdiccional que originariamente le ha sido atribuida, sino en una función administrativa, por lo cual, dichas decisiones son recurribles por la vía del contencioso administrativo ante la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de revisión presentada por la ciudadana MIRNA MAS Y RUBI SPÓSITO de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta el 17 de agosto de 2000 que confirmó la decisión dictada por el Tribunal de Control No.2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, que el 6 de abril de 2000, otorgó el mandamiento de hábeas corpus solicitado por el ciudadano José Vicente Santana Osuna contra la orden de arresto por ocho (8) días decretada por la Juez Provisorio del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.

Palabras clave

revisión constitucionalhábeas corpusderecho a la libertadactos administrativoscompetencia judicialsanciones disciplinariasCorte de ApelacionesEstado Nueva Esparta

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca