Sentencia N° 2095 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de agosto de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 2095, Exp. 25-0859, 12/12/2025
Expediente25-0859
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2025-08-12
DecisiónCOMPETENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre la solicitud de revisión de la sentencia número 118, emitida por la Sala de Casación Civil, que declaró inadmisible el recurso de casación presentado por Octavio José Mujica Dias. La Sala determina su competencia para conocer la solicitud, afirmando que se trata de una sentencia definitivamente firme. Se ordena oficiar a la Rectoría de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa para recabar información sobre el estado de la causa relacionada con la nulidad de actas de asamblea general ordinaria de accionistas.

Extracto de la motiva

Debe esta Sala determinar su competencia para conocer de la presente solicitud de revisión, conforme lo establece el numeral 10 del artículo 336 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Sala Constitucional, según el cual tiene atribuida la potestad de “…Revisar las sentencias definitivamente firmes de amparo constitucional y de control de constitucionalidad de leyes o normas jurídicas dictadas por los tribunales de la República, en los términos establecidos por la ley orgánica respectiva …”.

Dispositiva

1.- COMPETENTE para conocer la solicitud de revisión ejercida por el abogado Nelson Antonio Marín Pérez, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano OCTAVIO JOSÉ MUJICA DIAS, de la sentencia número 118 expedida en fecha 26 de marzo del año 2025, por parte de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, que declaró inadmisible el recurso de casación ejercido por el prenombrado ciudadano. 2.- Se ORDENA oficiar a la Rectoría de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, a objeto que dentro de los cinco (5) días siguientes al recibo de la respectiva comunicación, más cinco (5) días que se conceden por el término de la distancia, recabe la información del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa y remita a esta Sala informe pormenorizado de la causa n.° 2577-18, contentiva del procedimiento de pretensión de nulidad de actas de asamblea general ordinaria de accionistas, participando acerca del trámite de la causa principal, estado actual de la causa y delimitando con exactitud las actuaciones procesales efectuadas en dicha causa, así como la estimación de la demanda que fue tramitada en ese proceso.

Palabras clave

competenciarevisión constitucionalsentenciastribunalesconstitución

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca