Sentencia N° 2094 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de noviembre de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 2094, Exp. 06-0816, 27/11/2006
Expediente06-0816
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-11-27
DecisiónIMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Ángel Lentino y Edgar Rodríguez contra una decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La acción fue motivada por la imposición de una multa de diez Unidades Tributarias tras declarar desistida una recusación. La Sala determinó su competencia para conocer el caso y analizó los fundamentos de la acción de amparo, concluyendo que no se habían violado los derechos a la defensa y al debido proceso.

Extracto de la motiva

Atendiendo a lo dispuesto en dicha norma, esta Sala constata de la lectura de la decisión, en la cual se le impuso la sanción a los abogados Ángel Lentino y Edgar Rodríguez, antes identificados, que la apreciación de los hechos y circunstancias que llevaron a la jueza laboral a tomar su decisión, fue debidamente motivada, lo que conlleva a considerar a esta Sala, que la presente acción de amparo constituye una simple disconformidad y negativa por parte de los accionantes a cancelar la multa que les fue impuesta, además esta Sala debe desechar los fundamentos del presente amparo por la presuntas violaciones al debido proceso, por cuanto como ya se ha dicho anteriormente, para la imposición de estas sanciones no ha sido previsto un procedimiento, pues la consecuencia jurídica aplicada está regulada legalmente para el supuesto de hecho generado por el actor, de acuerdo a lo decidido en el fallo impugnado, como lo es el desistimiento de la recusación. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS, la acción de amparo interpuesta por los abogados ÁNGEL LENTINO y EDGAR RODRÍGUEZ, actuando en nombre propio contra la sentencia dictada el 10 de mayo de 2006 por el Tribunal Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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