Sentencia N° 2093 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de noviembre de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 2093, Exp. 07-1300, 07/11/2007
Expediente07-1300
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2007-11-07
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 7 de noviembre de 2007, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por Corporación Avícola Corpoave, S.A. contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo que había declarado inadmisible la acción de amparo constitucional. La Sala fundamentó su decisión en que la parte demandada tenía a su disposición la vía del juicio de invalidación, lo que hacía inadmisible la acción de amparo. Se destacó que la falta de notificación adecuada no justificaba el uso del amparo, dado que existían mecanismos procesales idóneos para restablecer la situación jurídica alegada.

Extracto de la motiva

Como punto previo, se advierte que el apoderado judicial de la parte recurrente, a pesar de solicitar ante esta alzada medida cautelar innominada, no presentó escrito de fundamentación del recurso ejercido, por lo cual, esta Sala pasa a examinar ex novo el fondo de la controversia. Ahora bien, de la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que la empresa Corporación Avícola Corpoave, S.A. interpuso acción de amparo constitucional contra la sentencia dictada, el 31 de marzo de 2006, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que declaró con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales y demás conceptos laborales, incoada por el ciudadano Luis Guillermo Pacheco Pacheco, contra la mencionada sociedad mercantil. En atención a lo señalado, el Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta, en aplicación del artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por cuanto la parte demandada tenía a su disposición la vía idónea del juicio de invalidación contra el presunto error cometido en la notificación.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de Corporación Avícola Corpoave, S.A., contra la sentencia dictada, el 30 de julio de 2007, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional ejercida por la mencionada sociedad mercantil, contra la sentencia dictada, el 31 de marzo de 2006, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la misma circunscripción judicial, que declaró con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales y demás conceptos laborales, incoada por el ciudadano Luis Guillermo Pacheco Pacheco, contra la aludida empresa. En consecuencia se CONFIRMA el fallo apelado.

Palabras clave

amparo constitucionalprestaciones socialesfraude procesalnotificaciónderecho a la defensainadmisionrecurso de invalidación

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