Sentencia N° 209 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de marzo de 2026
TSJ/SC, Sent. N° 0209, Exp. 25-0214, 11/03/2026
Expediente25-0214
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2026-03-11
DecisiónIMPROCEDENTE in limine litis
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Gustavo Adolfo Meléndez Pérez en representación de Víctor Manuel Camargo Contreras. La Corte de Apelaciones había declarado improponible la acción, argumentando que no existía sustento jurídico para su tramitación. Sin embargo, la Sala Constitucional revoca esta decisión, señalando que el amparo tiene fundamento legal y que la ausencia del Fiscal en la audiencia preliminar no justifica la improponibilidad del recurso.
Extracto de la motiva
Que “(…) al variársele a [su] defendido, los días en el cual está detenido, que ya suman los NOVENTA Y CUATRO DÍAS, están violando sus derechos constitucionales, al igual, de que no obstante de que el Fiscal XXI (sic) del Ministerio Público, no asistió a la audiencia preliminar, constituyendo su ausencia, un acto de desistimiento, y la ciudadana Juez, en vista del desistimiento tácito del Fiscal, no le otorgó la libertad a [su] defendido, constituyendo la conducta tanto del Juez, como el Fiscal, en transgresión de las normas establecidas, es que en este acto y de acuerdo a lo pautado en los artículos 1, 7, 13, 39 y 40 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre derechos y Garantías Constitucionales, a nombre de [su] defendido…”. (Destacado propio del texto y corchetes de esta Sala). Finalmente, solicitó: “(…) otorgue el amparo a la libertad solicitado y se ponga en libertad a [su] defendido (…) se le otorgue libertad plena o se le otorgue medida cautelar…”
Dispositiva
Se declara IMPROCEDENTE in limine litis la acción de amparo conforme lo expuesto ut supra.