Sentencia N° 2081 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de agosto de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 2081, Exp. 01-0283, 21/08/2002
Expediente01-0283
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-08-21
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de amparo constitucional interpuesto por Agostinho Ferreira contra un auto del Juzgado Sexto de Primera Instancia que ordenó la entrega de un inmueble a Manuel Miguel Méndez. La Sala declaró con lugar la acción de amparo, argumentando que el procedimiento de entrega material debía ser tramitado como jurisdicción voluntaria y no contenciosa, y que el juez había vulnerado derechos constitucionales al no respetar la decisión del Juzgado Superior Segundo. Posteriormente, se interpuso un recurso de apelación por parte de Méndez, el cual fue declarado sin lugar, confirmando la decisión del Juzgado Superior Tercero que había declarado con lugar el amparo.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el procedimiento de entrega material solicitado por el ciudadano Agostinho Ferreira no fue archivado tal como ordenara el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial en su auto de fecha seis (6) de octubre de 1998, ya que el tercer opositor apeló de la decisión que ordenaba archivar el expediente y el Tribunal erróneamente oyó dicha apelación en ambos efectos, produciéndose otra decisión de un Juzgado Superior, a pesar de que el procedimiento de entrega material ya había sido sometido a la consideración de un Tribunal Superior. En virtud de lo anterior, se solicita se declare con lugar la acción de amparo constitucional y se acuerde una medida cautelar innominada que suspendiera la ejecución del auto dictado el 14 de noviembre del 2000, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que ordenó librar el oficio al Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas, para que se procediera a la devolución del inmueble en cuestión al tercero opositor, ciudadano Manuel Miguel Méndez.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Luis Alejandro Ocanto Palencia, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Manuel Miguel Méndez. SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia dictada el 25 de enero de 2001, por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar la acción de amparo interpuesta.

Palabras clave

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