Sentencia N° 208 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de marzo de 2018
TSJ/SC, Sent. N° 0208, Exp. 17-1149, 12/03/2018
Expediente17-1149
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2018-03-12
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de hecho interpuesto por Raúl Santana Medina, apoderado de Raúl Enrique Santana Tarbay, contra un auto del Juzgado Superior Primero que negó la apelación de una acción de amparo constitucional. La Sala decidió declarar sin lugar el recurso de hecho, confirmando la decisión del Juzgado Superior y revisando de oficio una sentencia anterior que había declarado inadmisible la acción de amparo, la cual fue declarada nula. Se ordenó que el caso sea remitido a un Juzgado Superior distinto para que se pronuncie sobre la admisibilidad de la demanda de amparo interpuesta.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Ahora bien, una vez asumida la competencia para conocer del recurso de hecho planteado, esta Sala Constitucional pasa a decidir el fondo del asunto, previas las siguientes consideraciones: En el presente caso, se ejerció recurso de hecho contra la decisión del 18 de octubre de 2017, dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la admisión del recurso de apelación ejercido contra el fallo que dictó ese mismo tribunal el 9 de octubre de 2017 con el que se agotó la doble instancia en el procedimiento de amparo constitucional instaurado por el hoy recurrente de hecho contra el auto dictado el 28 de mayo de 2012, por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esa misma Circunscripción Judicial.
Dispositiva
1) SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el abogado Raúl Santana Medina, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RAÚL ENRIQUE SANTANA TARBAY, contra el auto dictado el 18 de octubre de 2017, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó el recurso de apelación interpuesto, contra la decisión dictada, el 9 de octubre de 2017, por ese mismo órgano jurisdiccional, que declaró improcedente in limine litis la acción de amparo interpuesta por dicho ciudadano contra la decisión del 28 de mayo de 2012, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2) REVISA DE OFICIO la sentencia dictada el 10 de julio de 2017, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible in limine litis la acción de amparo interpuesta por el abogado Raúl Santana Medina, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RAÚL ENRIQUE SANTANA TARBAY, la cual se declara NULA, así como todos los actos procesales subsiguientes. 3) Se REPONE LA CAUSA al estado de que un Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, distinto al que emitió el pronunciamiento contra el que se ejerció el recurso de hecho que aquí se decide, previa distribución del expediente se pronuncie –como tribunal de primera instancia- sobre la admisibilidad de la demanda de amparo interpuesta por el referido ciudadano contra la decisión del 28 de mayo de 2012, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
recurso de hechoamparo constitucionalapelacióncompetenciadebido procesojuez natural