Sentencia N° 2070 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de diciembre de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 2070, Exp. 23-1061, 20/12/2023
Expediente23-1061
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-12-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por Huáscar Francois Fossey Guevara, quien denuncia la omisión de pronunciamiento de la Sala N° 9 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. La acción se origina tras la decisión del Tribunal Quincuagésimo de Primera Instancia que declaró sin lugar una solicitud de control interpuesta por el accionante, afectando su derecho a la tutela judicial efectiva. La Sala determina su competencia para conocer la apelación y ordena al Presidente de la Corte de Apelaciones que informe sobre el estado del recurso de apelación interpuesto el 4 de abril de 2023, así como las razones por las cuales no se ha emitido pronunciamiento, si es el caso. Se establece un plazo de cinco días para el cumplimiento de esta orden, advirtiendo sobre las sanciones por incumplimiento. Finalmente, se ordena la notificación de esta decisión de manera expedita, resaltando la importancia de salvaguardar la tutela judicial efectiva en el proceso.

Extracto de la motiva

Ahora bien, siendo la oportunidad para pronunciarse sobre la acción de “amparo constitucional por omisión de pronunciamiento”, interpuesta por el accionante, aprecia esta Sala que la parte actora denuncia que: Que “(…) la admisión parcial de la querella interpuesta por mi persona signada 50C-S-683-21 a raíz del incendio que consumió el apartamento de mi propiedad N° B-61 situado en Residencias Quinora, (…) Municipio Chacao Estado Miranda en fecha 20 de enero de 2019”. Que “(…) causó que la investigación por los presuntos delitos conexos vinculados al incendio fuese distribuida a la Fiscalía Sexagésima (60°) del Área Metropolitana de Caracas y considerando que esta Fiscalía no ha efectuado diligencias de investigación mi persona solicitó la práctica de esta diligencias ante la fiscalía. Como ha habido ausencia de respuestas por parte del representante fiscal, mi persona ha introducido solicitudes de Control Judicial con respectos a las diligencias requeridas”.

Dispositiva

ORDENA al Presidente de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que INFORME a esta Sala: a) el estado actual del recurso de apelación interpuesto el 4 de abril de 2023, por el abogado Huáscar Francois Fossey Guevara, actuando en nombre propio con motivo de la acción de “amparo constitucional por omisión de pronunciamiento”, interpuesta en contra del Tribunal Quincuagésimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, b) en caso de no haber emitido pronunciamiento remita un informe de las razones por el cual no se ha pronunciado al respecto, información que deberá remitir con el acompañamiento de la documentación respectiva, dentro de los cinco (5) días siguientes a la constancia en autos de su notificación.

Palabras clave

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