Sentencia N° 2067 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de septiembre de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 2067, Exp. 04-0093, 09/09/2004
Expediente04-0093
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-09-09
DecisiónNO ACEPTA LA REMISIÓN
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un expediente de hábeas corpus remitido por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar. La Corte había revocado un fallo anterior y declarado inadmisible el amparo constitucional. La Sala, tras analizar el expediente, decidió no aceptar la remisión, argumentando que ya se había satisfecho el doble grado de jurisdicción con la decisión de la Corte de Apelaciones.
Extracto de la motiva
La Sala observa que, en el presente caso, ya se había satisfecho el doble grado de jurisdicción con la decisión, en alzada, de la Corte de Apelaciones del 15 de diciembre de 2004 y, en consecuencia, no acepta la remisión que hizo la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar con sede en Ciudad Bolívar. Así se decide.
Dispositiva
Por las consideraciones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, NO ACEPTA LA REMISIÓN que hizo la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar, del expediente continente de la solicitud de hábeas corpus, que interpuso la abogada María Angélica Lezama, Defensora Pública Penal Cuarta, a favor del ciudadano FERNANDO ANTONIO RAMOS. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar.
Palabras clave
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