Sentencia N° 2064 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de noviembre de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 2064, Exp. 05-2223, 27/11/2006
Expediente05-2223
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2006-11-27
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda de amparo interpuesta por Sushi Market Las Mercedes C.A. contra la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. La decisión se basa en que la Corte Segunda remitió el expediente al Juzgado Superior Contencioso Administrativo, lo que cesó la supuesta violación de derechos constitucionales alegada por la parte actora. Se concluye que la acción de amparo no es procedente debido a que la causa que motivó la demanda ya no existe.
Extracto de la motiva
La Sala observa que, con posterioridad a la interposición de la presente demanda de amparo, la referida Corte Segunda, el 15 de diciembre de 2005, remitió el expediente n° AP42-N-2004-001081, al Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Región Capital (Distribuidor), el cual fue recibido en ese despacho el 10 de enero de 2006. Lo anterior evidencia que cesó sobrevenidamente la circunstancia que generó la supuesta infracción constitucional en el presente caso, de conformidad con lo que dispone el cardinal 1 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en cuyo texto se establece lo siguiente: '...No se admitirá la acción de amparo: (...) 1. Cuando hayan cesado la violación o amenaza de algún derecho o garantía constitucionales, que hubiesen podido causarla;'. En efecto, de acuerdo con la norma que fue transcrita, para que resulte admisible la demanda de amparo es necesario que la lesión que se denunció sea presente, es decir, actual. La actualidad de la lesión es necesaria para el restablecimiento de la situación jurídica que se alegó fue infringida, lo cual constituye el objeto fundamental del amparo constitucional.
Dispositiva
Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de amparo que incoó SUSHI MARKET LAS MERCEDES C.A., contra la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.
Palabras clave
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