Sentencia N° 206 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de diciembre de 2020
TSJ/SC, Sent. N° 0206, Exp. 19-0518, 01/12/2020
Expediente19-0518
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2020-12-01
DecisiónHomologa el desistimiento
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de revisión constitucional de una sentencia anterior. El abogado Luis Elieser Jansen García, en representación de la sociedad mercantil OPERADORA INMOBILIARIA PRESTY HOUSE C.A., solicitó el desistimiento de la revisión el 13 de enero de 2020, tras la decisión de la Sala de Casación Civil que declaró sin lugar el recurso de casación. La Sala analizó la competencia y la validez del desistimiento, concluyendo que no había violaciones al orden público ni a las buenas costumbres.
Extracto de la motiva
El apoderado judicial de la solicitante señaló como fundamento de la revisión constitucional, que la sentencia objeto de revisión vulneró los derechos constitucionales de su representada, relativos a la tutela judicial efectiva y al debido proceso, previstos en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como los principios jurídicos fundamentales a la seguridad jurídica y confianza legítima o expectativa plausible, además desconoció criterios vinculantes de esta Sala al declarar con lugar el recurso extraordinario de casación. En este sentido, se debe considerar que la revisión constitucional es un mecanismo de control de la constitucionalidad de las decisiones judiciales, que tiene como finalidad garantizar la protección de los derechos fundamentales y la supremacía de la Constitución. Por lo tanto, es imperativo que esta Sala analice si efectivamente se han vulnerado los derechos alegados por la parte solicitante, a fin de determinar si corresponde o no la homologación del desistimiento de la revisión propuesta. En virtud de que el desistimiento de la revisión constitucional planteada se encuentra dentro de los supuestos contenidos en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, esta Sala acuerda la homologación del desistimiento de la revisión propuesta. Así se decide.
Dispositiva
HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO propuesto el 13 de enero de 2020 por el abogado Luis Elieser Jansen García, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil OPERADORA INMOBILIARIA PRESTY HOUSE C.A.
Palabras clave
revisión constitucionaltutela judicialdebido procesoseguridad jurídicaconfianza legítimadesistimientoCódigo de Procedimiento Civil