Sentencia N° 2053 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de agosto de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 2053, Exp. 00-1058, 20/08/2002
Expediente00-1058
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-08-20
DecisiónTERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento de amparo constitucional por abandono del trámite, debido a la inacción de la parte actora durante más de seis meses. Se impone una multa de cinco mil bolívares a la parte actora por el entorpecimiento de las labores del tribunal. La decisión se fundamenta en la falta de impulso procesal y el reconocimiento de que la inactividad prolongada implica la renuncia a la tutela judicial efectiva.
Extracto de la motiva
Conforme a lo expuesto, la Sala considera que la inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y, con ello, la extinción de la instancia. Así se declara.
Dispositiva
Se declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, respecto a la demanda de amparo que intentaron los apoderados judiciales de los ciudadanos TOMISLAV BULJETA SARIC y MARÍA CAPOZZOLO DE BULJETA, contra el Ministro de Justicia para ese momento, ciudadano Fermín Mármol León y el entonces Prefecto del Municipio Libertador del Distrito Federal, ciudadano Jesús Navarro Dona. Se IMPONE a la parte actora una multa de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,00), pagaderos, a favor de la Tesorería Nacional, en las oficinas del Banco Central de Venezuela.
Palabras clave
abandonos del trámiteamparo constitucionalinacción procesalmultatutela judicial efectivaderechos fundamentales