Sentencia N° 204 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de abril de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 204, Exp. 12-0579, 01/04/2013
Expediente12-0579
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2013-04-01
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional recibió un oficio del Juez Presidente de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, relacionado con un conflicto negativo de competencia sobre un amparo interpuesto por el abogado Edgar Erasmo Durán. Este amparo se fundamenta en la violación del derecho de acceso a la justicia, debido a la falta de acceso a una resolución que afecta su situación de desalojo. La Sala ordena a la Coordinación Judicial que informe sobre la existencia de la resolución cuestionada y remita copia certificada en un plazo determinado.
Extracto de la motiva
Visto que, como fundamento de la pretensión de amparo, el accionante denunció la violación del derecho de acceso a la justicia, por impedirse el ejercicio de la acción interdictal, ante el desalojo de un inmueble en el que habitaba. Visto lo anterior, se estima necesario conocer de la existencia y contenido de la aludida Resolución cuestionada por la parte accionante, con el propósito de pronunciarse respecto de la pretensión de amparo interpuesta, por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, esta Sala ORDENA a la Coordinación Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que informe a esta Sala, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación del presente auto, sí existe la Resolución N° 2011-003 de 11 de agosto de 2011 y en caso de ser afirmativo remita copia certificada de la misma en el lapso supra indicado.
Dispositiva
Se advierte que, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, el incumplimiento de lo ordenado en el presente auto podría dar lugar a la sanción prevista en dicha norma. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.