Sentencia N° 2035 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de diciembre de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 2035, Exp. 25-0994, 10/12/2025
Expediente25-0994
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-12-10
DecisiónIncompetente
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se declara incompetente para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta por Delfín Useche Álvarez contra el Instituto Nacional de Tierras (INTI) por la revocación de títulos agrarios. La Sala determina que la competencia corresponde a los tribunales agrarios, dado que la acción se refiere a derechos agrarios y la revocación de títulos de tierras. Se ordena la remisión del expediente al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
Extracto de la motiva
motivaren la solicitud de amparo. En caso de duda, se observarán, en lo pertinente, las normas sobre competencia en razón de la materia”. De la norma transcrita se desprenden los criterios generales atributivos de competencia en materia de amparo, en las que se determina que las acciones de amparo serán conocidas por tribunales de primera instancia -entendida ésta como grado de jurisdicción y no por la denominación de los tribunales-, que la competencia en razón de la materia que tengan esos juzgados sea afín con los derechos denunciados como violados o amenazados de violación y, que su competencia en razón del territorio recaiga sobre la circunscripción judicial donde ocurrió el hecho u omisión denunciado como lesivo. Ahora bien, de las actas que conforman el expediente se evidencia que la parte accionante alegó la violación de sus derechos fundamentales debido a las actuaciones adelantadas por el Instituto Nacional de Tierras (INTI), al revocarle los títulos agrarios sobre la unidad de producción que le fue otorgando en fecha
Dispositiva
Se declara INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano DELFÍN USECHE ÁLVAREZ, contra el Instituto Nacional de Tierras (INTI), por “… Revocarle los títulos Agrarios …”, y se DECLINA LA COMPETENCIA para conocer del amparo ejercido en el Juzgado de Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
Palabras clave
amparocompetenciaderechos fundamentalesinstituto nacional de tierrasjurisdicción agrariamedida cautelar