Sentencia N° 2033 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de julio de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 2033, Exp. 03-2040, 28/07/2005
Expediente03-2040
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-07-28
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Zdenko Seligo contra el Presidente de la República, Hugo Rafael Chávez Frías, por la supuesta violación de sus derechos a la libertad de expresión y a la información. La Sala argumenta que el medio procesal adecuado para obtener la protección constitucional requerida es la vía contencioso-administrativa, y que el demandante no agotó dicha vía antes de interponer el amparo.

Extracto de la motiva

El accionante fundamentó su pretensión en la presunta infracción y amenaza de violación de los derechos a la libertad de expresión y a la información oportuna, veraz e imparcial, consagrados en los artículos 57 y 58 del Texto Fundamental, como consecuencia de las alocuciones del Presidente de la República transmitidas en cadena nacional de radio y televisión. Con respecto a lo anterior, la Sala advierte que el artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales establece que: 'Artículo 5.- La acción de amparo procede contra todo acto administrativo, actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones u omisiones que violen o amenacen violar un derecho o una garantía constitucionales, cuando no exista un medio procesal breve, sumario y eficaz acorde con la protección constitucional.' La norma transcrita acentúa el carácter normativo de la Constitución que vincula tanto a los órganos del Poder Público como a los particulares, por lo que todos los órganos judiciales devienen tutores de los derechos y garantías constitucionales. De allí que al Poder Judicial le corresponde, conforme lo ordena el artículo 26 constitucional, hacer efectivo el derecho que tienen todas las personas de acceder a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus intereses, incluso los colectivos o difusos, a través de una tutela efectiva de los mismos sin dilaciones indebidas.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano ZDENKO SELIGO contra el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, ciudadano Hugo Rafael Chávez Frías. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

amparo constitucionallibertad de expresiónderecho a la informacióncadena nacionalpresidente de la repúblicainadmisibilidadvía contencioso-administrativa

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