Sentencia N° 203 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de marzo de 2016
TSJ/SC, Sent. N° 203, Exp. 16-0016, 28/03/2016
Expediente16-0016
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2016-03-23
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la apelación interpuesta por Wendy Josefina Peña Ramírez contra la decisión del Tribunal Superior Primero en lo Civil, que había declarado inadmisible la acción de amparo constitucional. La Sala argumentó que la apelante no agotó las vías ordinarias antes de recurrir al amparo, lo que llevó a la inadmisibilidad de su solicitud. Se reafirmó que el amparo no puede ser utilizado como un medio para revisar decisiones ya firmes de otros tribunales.
Extracto de la motiva
La acción de amparo constitucional no es el medio para revisar criterios de estricto orden jurisdiccional que corresponde a los jueces de mérito. En consecuencia, resulta inadmisible la acción de amparo, toda vez que esta acción está reservada únicamente para restablecer las situaciones que provengan de violaciones de derechos y garantías constitucionales, pero de ninguna forma de las regulaciones legales que se establezcan, aún cuando las mismas se fundamenten en tales derechos y garantías.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana WENDY JOSEFINA PEÑA RAMÍREZ, asistida por el abogado Carlos Urriola, anteriormente identificados, contra la decisión dictada el 18 de diciembre de 2015, por el Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, que declaró inadmisible, la acción de amparo constitucional intentada por el apelante. En consecuencia se CONFIRMA dicho fallo.