TSJ/SC, Sent. N° 203, Exp. 09-0456, 25/03/2014
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la acción de nulidad por inconstitucionalidad ejercida por las abogadas Ana Leonor Acosta Mérida, María Meide Rodríguez Da Silva, Zulmaire González, Carmen Giménez, Margarita Cumare, Dorelis León, Héctor Rangel, Arlette Geyer Alarcón, Andreína Chang, María Beatriz Araujo Salas, Miralys Zamora, Richard Peña, Roberta Núñez, Mildred Rojas, Evelyn Briceño, Mariela Pernía, Ricardo Da Silva, Alfredo Nicolás Orlando, Samantha Álvarez, Javier Saad, Vanessa Santos Huen, Joaquín Dongoroz, Desireé Costa Figuera, María Alejandra Ancheta, Gastón Cisneros Henríquez y Verónica Flores, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 76.860, 66.632, 79.680, 7.404, 37.140, 74.800, 108.244, 84.382, 98.531, 49.057, 75.841, 105.500, 108.437, 109.217, 36.830, 104.892, 127.925, 117.514, 117.710, 124.563, 117.024, 117.237, 112.039, 129.957, 127.924 y 130.516, respectivamente, actuando la primera de ellas en su condición de Síndica Procuradora Municipal del MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA y los demás en su carácter de apoderados judiciales del referido Municipio, contra el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, publicado en la Gaceta Oficial N° 5.890 Extraordinario, del 31 de julio de 2008.