Sentencia N° 2029 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de noviembre de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 2029, Exp. 06-0536, 27/11/2006
Expediente06-0536
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-11-27
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró con lugar la acción de amparo interpuesta por CONFECCIONES BAMBINO C.A. contra las actuaciones del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución. Se argumentó que el juzgado había designado un experto contable sin propiciar un acuerdo entre las partes, lo que vulneró el debido proceso y el derecho a la defensa. La Sala ordenó reponer la causa al estado en que se agote la posibilidad de acuerdo para la designación del experto, revocando la medida de suspensión de ejecución de la sentencia anterior.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas no actuó ajustado a derecho cuando designó el experto para la práctica de la experticia complementaria del fallo, sin que, previamente, en ejercicio de su función mediadora, hubiese fijado una audiencia para la estimulación de consenso entre las partes en la designación del referido experto, con lo cual vulneró el debido proceso y el derecho a la defensa de la quejosa. Así se declara.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación que se ejerció contra el fallo que expidió, el 21 de marzo de 2006, el Juzgado Superior Tercero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CONFIRMA, en otros términos, la sentencia que pronunció el Juzgado Superior Tercero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 21 de marzo de 2006, mediante la cual declaró con lugar la pretensión de amparo que incoó CONFECCIONES BAMBINO C.A. contra las actuaciones y omisiones del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: REVOCA la medida innominada que decretó el Juzgado Superior Tercero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 18 de enero de 2006.

Palabras clave

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