Sentencia N° 2029 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de julio de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 2029, Exp. 04-2385, 25/07/2005
Expediente04-2385
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-07-25
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por Lubia Josefina Ratia en nombre de su hijo adolescente, contra una sentencia del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil. La Sala declaró con lugar la acción de amparo, anulando la sentencia impugnada y ordenando al Juzgado que desechara la cuestión previa opuesta y permitiera al demandado contestar la demanda. La decisión se fundamentó en la violación de derechos de acceso a la justicia y debido proceso, resaltando la importancia de la motivación en las sentencias judiciales.

Extracto de la motiva

La presente acción de amparo constitucional fue intentada por los apoderados judiciales de la ciudadana Lubia Josefina Ratia, actuando en nombre propio y a favor de su hijo adolescente, cuya identidad se omite en virtud de lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, contra la sentencia dictada, el 27 de febrero de 2004, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en el juicio de daños y perjuicios que intentara la parte actora contra la C.A. Agropecuaria El Varadero. La parte actora denunció que la decisión emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil antes referida, al declarar con lugar la cuestión previa contenida en el numeral 4 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, infringió sus derechos de acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva, a la garantía del debido proceso y al principio de la doble instancia, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26, 27 y 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Por su parte, la sentencia sometida a consideración de la Sala, declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta y, en consecuencia, anuló la sentencia del 27 de Febrero de 2004 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ordenando al referido Juzgado 'desechar la cuestión previa opuesta y ordenarle al demandado que de contestación a la demanda'.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido, el 1 de junio de 2004, por la abogada Elena Rosales de Hernández, actuando como representante judicial de la empresa C.A. Agropecuaria El Varadero, en su carácter de tercera interesada, contra la sentencia dictada, el 26 de mayo de 2004, por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de los Andes, que declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta. 2.- CONFIRMA la sentencia dictada el 26 de mayo de 2004, por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de los Andes, mediante la cual declaró con lugar la pretensión de amparo constitucional ejercida por los abogados Juan Gerardo Ovalles, José Francisco Torres Paredes y Vicente Ramón Vivas, apoderados judiciales de la ciudadana LUBIA JOSEFINA RATIA, actuando en nombre propio y a favor de su hijo adolescente, cuya identidad se omite en virtud de lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, contra la sentencia dictada, el 27 de febrero de 2004, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en el juicio de daños y perjuicios que intentara la parte actora contra la C.A. Agropecuaria El Varadero.

Palabras clave

amparo constitucionaldaños y perjuiciostutela judicial efectivadebido procesolegitimidadsentencia inmotivadaacceso a la justicia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca