Sentencia N° 2027 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de diciembre de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 2027, Exp. 22-0813, 18/12/2023
Expediente22-0813
PonenteMichel Adriana Velásquez Grillet
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2023-12-18
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Michel Adriana Velásquez Grillet, se pronunció sobre la solicitud de revisión constitucional presentada por Juan Bautista Córdoba Serrano en representación de Carmen María Montilla de Ferrer. La revisión se centra en una decisión del Juzgado Superior Civil (Bienes) que declaró con lugar una cuestión previa en un juicio de prescripción adquisitiva. La Sala determinó su competencia para conocer el caso y ordenó al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil que informara sobre el estado procesal actual de los juicios relacionados con la acción reivindicatoria y la prescripción adquisitiva.
Extracto de la motiva
Luego de haber examinado los alegatos expuestos por la parte solicitante de la revisión y revisado el expediente de autos, se considera necesario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para un mejor análisis del asunto, que esta Sala ordene al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, informe, dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes al recibo de su notificación, más cinco (5) días continuos que se conceden como término de la distancia, el estado procesal actual del juicio seguido por el ciudadano Alfonso José Castellano Mendoza por Acción Reivindicatoria de Propiedad, así como del juicio seguido por la ciudadana Carmen María Montilla de Ferrer contra el ciudadano Alfonso José Castellano Mendoza por Prescripción Adquisitiva, teniendo en cuenta que la omisión en remitir lo solicitado traerá como consecuencia la sanción prevista en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, toda vez que las denuncias efectuadas por la aquí solicitante están referidas a las actas contenidas en el mismo, las cuales son determinantes en la apreciación de las denuncias que sustentan la solicitud de revisión, en la que se delata la presunta vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva, a la defensa al debido proceso, a la seguridad jurídica.
Dispositiva
1.- LA COMPETENCIA para el conocimiento de la solicitud de revisión constitucional que interpuso el ciudadano Juan Bautista Córdoba Serrano, actuando en su carácter apoderado judicial de la ciudadana CARMEN MARÍA MONTILLA DE FERRER, de la decisión dictada el 20 de octubre de 2017, por el Juzgado Superior Civil (Bienes) Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas. 2. ORDENA al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, informe a esta Sala, dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes al recibo de su notificación, más cinco (5) días continuos que se conceden como término de la distancia, el estado procesal actual del juicio seguido por el ciudadano Alfonso José Castellano Mendoza por Acción Reivindicatoria de Propiedad, así como del juicio seguido por la ciudadana Carmen María Montilla de Ferrer contra el ciudadano Alfonso José Castellano Mendoza por Prescripción Adquisitiva.