Sentencia N° 202 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de marzo de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 202, Exp. 06-1736, 09/03/2009
Expediente06-1736
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-03-09
DecisiónTerminado el procedimiento por abandono del trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento por abandono del trámite en la acción de amparo constitucional interpuesta por Ana Rodríguez de Vásquez contra la decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. La audiencia constitucional fijada para el 3 de marzo de 2009 no contó con la presencia de la accionante, lo que motivó la decisión de la Sala. Se destaca la importancia del acto de audiencia como el momento clave para el debate de las partes ante el Tribunal.

Extracto de la motiva

Visto que el acto de la audiencia constitucional es -dentro del proceso de amparo- el acto más relevante, pues es allí donde las partes debaten frente al juez o el Tribunal sus alegatos y defensas, existiendo un control directo e inmediato de las pruebas aportadas en autos, donde luego de concluido el debate oral o las pruebas, el juez o el Tribunal podrá decidir conforme lo establecido por esta Sala; Visto asimismo que en el presente caso, ante la presunción de violación constitucional alegada y previo análisis de las probanzas existentes en autos; esta Sala admitió la tutela constitucional invocada y convocó a la respectiva audiencia constitucional, no obstante, la presunta agraviada no asistió a la audiencia oral y pública fijada por la Sala para el día martes 3 de marzo del corriente. Visto, finalmente, que del estudio pormenorizado de las actas que conforman el expediente, la sentencia denunciada como lesiva no afecta derechos o garantías de eminente orden público, la Sala, ante la falta de comparecencia de la accionante y conforme a la sentencia Nº 7/01.02.2000 (caso: José Amado Mejía Betancourt), declara terminado el procedimiento por abandono de trámite. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite con ocasión de la acción amparo constitucional interpuesta por la ciudadana ANA RODRÍGUEZ DE VÁSQUEZ, asistida por el abogado Oscar Riquezes Contreras, contra la decisión del 17 de mayo de 2006, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo.

Palabras clave

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