Sentencia N° 2014 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de julio de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 2014, Exp. 01-2901, 29/07/2003
Expediente01-2901
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2003-07-29
DecisiónImprocedente
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente la solicitud de aclaratoria de una sentencia anterior, así como la solicitud de exhortos al Ministerio Público y otros entes públicos. La abogada Carmen Onilda Gómez Paz había solicitado la ejecución inmediata de la sentencia anterior, pero la Sala decidió requerir información adicional de varios organismos antes de pronunciarse sobre la solicitud.
Extracto de la motiva
La Sala estima necesario requerir de los organismos que a continuación se señalan, información con prueba certificada de ello, sobre los siguientes particulares: 1.- Al FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, en cuanto a: 1.1.- Si en el caso conocido como VIPROCA, el Ministerio Público a su cargo, concluyó la fase de investigación, con el correspondiente acto conclusivo. 1.2.- Si respecto a la denuncia de las presuntas irregularidades existentes en el Ministerio de Infraestructura, en cuanto al manejo y otorgamiento de los permisos de aeronavegabilidad y otros, destinados a autorizar el tráfico aéreo, el Despacho a su cargo ordenó dar inicio a la investigación correspondiente. 2.- Al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, de los trámites realizados por dicho organismo a los fines de imponerse del contenido del oficio 473-1 del 5 de junio de 2001, emanado del Juzgado de Transición del Estado Vargas y de la respuesta dada al efecto. 3.- Y a la DEFENSORÍA DEL PUEBLO, de las diligencias realizadas por dicho despacho respecto del funcionamiento del Servicio de Búsqueda y Salvamento (SAR). La información solicitada deberá ser remitida en el lapso de cinco (5) días a partir del recibo de la respectiva comunicación, caso contrario la Sala decidirá con las actuaciones cursantes en autos, y así se decide.