Sentencia N° 2013 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de septiembre de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 2013, Exp. 04-2110, 08/09/2004
Expediente04-2110
PonenteANTONIO J. GARCÍA GARCÍA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2004-09-08
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un conflicto de competencia planteado por la Sala Político Administrativa. Esta última no compartía el criterio de la Sala Constitucional en un fallo anterior y solicitó dirimir el conflicto. La Sala Constitucional, tras analizar la normativa aplicable, concluyó que no puede existir un conflicto de competencia si una de las Salas en conflicto es la propia Sala Constitucional. Por lo tanto, declaró que no ha lugar el conflicto planteado y exhortó a la Sala Político Administrativa a continuar con el curso de la causa correspondiente.

Extracto de la motiva

Visto que, conforme el numeral 3 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial N° 37.942, es competencia de esta Sala Constitucional resolver los conflictos de cualquier naturaleza que puedan suscitarse entre las Salas que integran al Máximo Tribunal; Visto que, por interpretación en contrario de ese precepto legal no puede existir un conflicto de competencia entre las Salas del Tribunal Supremo de Justicia si una de las Salas en conflicto es la Sala Constitucional, pues, en ese supuesto, al corresponderle dirimir el conflicto imperará el criterio sostenido por ella desde un primer momento; Visto que, el presente conflicto de competencia ha sido planteado entre la Sala Político Administrativa de este Máximo Tribunal y esta Sala Constitucional: La Sala declara no ha lugar en derecho el conflicto de competencia planteado por la Sala Político Administrativa, el 8 de octubre de 2003 y, en consecuencia, se le exhorta a que de curso a la causa N° 1998-14658 con base en lo dispuesto en los fallos números 2818/2002 y 1469/2004, dictados por esta Sala Constitucional, para lo cual se ordena la remisión de las actas procesales que conforman el expediente N° 04-2110 de la nomenclatura de esta Sala.

Dispositiva

La Sala declara no ha lugar en derecho el conflicto de competencia planteado por la Sala Político Administrativa, el 8 de octubre de 2003 y, en consecuencia, se le exhorta a que de curso a la causa N° 1998-14658, con base en lo dispuesto en los fallos números 2818/2002 y 1469/2004. Así se decide.

Palabras clave

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