Sentencia N° 2012 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de diciembre de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 2012, Exp. 23-0871, 18/12/2023
Expediente23-0871
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-12-18
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional presentada por el abogado Kristopher Wilman Clark Doria en representación de Dora La Rosa Suárez. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de legitimidad del abogado, quien no presentó el poder suficiente que acredite su representación. La Sala destaca que la copia simple del poder no es suficiente para demostrar la representación legal ante el tribunal.
Extracto de la motiva
Por ello, no es suficiente que el abogado Kristopher Wilman Clark Doria, inscrito en el Inpreabogado bajo el n.° 298.008, haya consignado copia simple del poder otorgado por la ciudadana Dora La Rosa Suárez, por cuanto es imprescindible que la persona que actúa como abogado debe adjuntar o anexar, en original o copia certificada, el documento poder debidamente otorgado que acredite la representación ante este Máximo Tribunal, con el fin de verificar el mencionado carácter. En corolario, visto que no puede constatarse fehacientemente la condición de apoderado de quien pretende acreditar su representación de la accionante en la presente causa, resulta imperioso para esta Sala declarar inadmisible la presente tutela constitucional ejercida por el abogado Kristopher Wilman Clark Doria, quien adujo actuar en representación judicial de la ciudadana Dora La Rosa Suárez, por cuanto no se cumplió con la carga procesal de acompañar poder suficiente y eficaz que acredite la condición de apoderado judicial de quien se afirmó ser peticionario de tutela constitucional, razón por la cual, esta Sala Constitucional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 18.1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 133.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por abogado Kristopher Wilman Clark Doria, inscrito en el Inpreabogado bajo el n.° 298.008, quien afirmó actuar como apoderado judicial de la ciudadana DORA LA ROSA SUÁREZ.