Sentencia N° 201 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de marzo de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 201, Exp. 13-1117, 21/03/2014
Expediente13-1117
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-03-21
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por la sociedad mercantil Constructora Queiroz Galvao, C.A. contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior de la Coordinación del Trabajo que declaró sin lugar la apelación de nulidad de un acto administrativo. La Sala determinó que el acto administrativo impugnado era de efectos permanentes y no temporales, lo que invalidaba la caducidad alegada por el Juzgado Superior. Se ordenó la notificación de las partes involucradas y se fijó audiencia constitucional.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la pretensión de la parte accionante es impugnar por vía del amparo constitucional la decisión dictada el 24 de abril de 2013 por el Juzgado Segundo Superior de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la accionante contra la decisión dictada el 25 de marzo de 2013 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del mismo Circuito Judicial, que declaró inadmisible la demanda de nulidad del acto administrativo S/N, emanado por la Sub Inspectoría del Trabajo del Estado Lara sede El Tocuyo, el 17 de octubre de 2012, conforme a lo establecido en el artículo 32, cardinal 2 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en el procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos, intentado por el ciudadano Yosnel Alexander Jiménez, por considerar que le fueron menoscabados sus derechos.

Dispositiva

1. ADMITE la acción de amparo interpuesta por el abogado Israel Orta D´Apollo, apoderado judicial de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA QUEIROZ GALVAO, C.A., (SUCURSAL VENEZUELA), contra la sentencia dictada el 24 de abril de 2013 por el Juzgado Segundo Superior de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. 2. ORDENA a la Secretaría de esta Sala, la notificación del Juez a cargo del Juzgado Segundo Superior de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara y, una vez que conste en autos dicha notificación, fije dentro de las noventa y seis (96) horas siguientes a ella, la oportunidad en que se llevará a cabo la audiencia ora. 3. ORDENA la notificación de la Fiscal General de la República, de conformidad con el artículo 15 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. 4. ORDENA al Juzgado Segundo Superior de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, la notificación del ciudadano Yosnel Alexander Jiménez, como tercero interesado en la presente acción. 5. ORDENA la notificación a la Sub Inspectoría del Trabajo El Tocuyo de la Coordinación Zona Centro Occidental del Ministerio del Trabajo, como tercero interesado en la pretensión de amparo.

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