Sentencia N° 2 — Sala Constitucional del TSJ, 31 de octubre de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 0002, Exp. 18-0301, 04/02/2025
Expediente18-0301
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-10-31
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia N° 0524, en la que se ordena al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Anzoátegui remitir un informe sobre el estado del juicio por partición y liquidación de comunidad concubinaria entre Milagros Judith Acosta Pérez y Prisciliano Ciro García Cabrera. La decisión se fundamenta en la necesidad de verificar el cumplimiento de la orden de realizar un nuevo acto de subasta, tras la anulación de un acto anterior por parte del Juzgado Superior.
Extracto de la motiva
Ahora bien, al percatarse esta Sala que en la decisión recurrida en apelación, el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta contra la actuación proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, razón por la cual ordenó la realización de un nuevo acto de subasta sobre un bien inmueble en el marco del juicio por partición y liquidación de la comunidad concubinaria intentado por la ciudadana Milagros Judith Acosta Pérez, contra el ciudadano Prisciliano Ciro García Cabrera, antes identificados, y como quiera que de la información remitida por el referido Juzgado de Primera Instancia no se verifican los elementos que esta Sala considera de interés para decidir la presente apelación. En virtud de lo antes expuesto esta Sala estima necesario, a fin de dictar una decisión ajustada a derecho que permita resolver la apelación ejercida, de conformidad con lo establecido en el artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se ORDENA al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, que en el lapso dos (2) días siguientes a su notificación, más cuatro (4) días correspondientes al término de la distancia, remita un informe pormenorizado de la causa distinguida con el alfanumérico BP02-0-2017-000075, llevada en dicho juzgado, en el marco de una acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Milagros Judith Acosta Pérez contra el ciudadano Prisciliano Ciro García Cabrera.
Dispositiva
Se ORDENA al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, que en el lapso dos (2) días siguientes a su notificación, más cuatro (4) días correspondientes al término de la distancia, remita un informe pormenorizado de la causa distinguida con el alfanumérico BP02-0-2017-000075.
Palabras clave
amparo constitucionalpartición de comunidad concubinariasubasta