Sentencia N° 2 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de enero de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 02, Exp. 15-1192, 08/01/2016
Expediente15-1192
PonenteGladys María Gutiérrez Alvarado
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2016-01-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la constitucionalidad del Decreto N.° 2.157, que prorroga por sesenta días el estado de excepción en el municipio Atures del estado Amazonas. Se argumentó que la prórroga es necesaria debido a la persistencia de circunstancias extraordinarias que afectan la seguridad y el orden público en la región, incluyendo el paramilitarismo y el narcotráfico. La Sala reafirmó su competencia para revisar la constitucionalidad de tales decretos, conforme a lo establecido en la Constitución y la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la ley, declara: 1.- Que es COMPETENTE para revisar la constitucionalidad del Decreto 2.157, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela n.° 6.206, dictado por el Presidente de la República; mediante el cual, prorroga por sesenta (60) días el plazo establecido en el Decreto n° 2.071, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 40.773 del 23 de octubre de 2015, en el cual se declaró el estado de excepción en el municipio Atures del estado Amazonas. 2.- La CONSTITUCIONALIDAD del Decreto 2.157, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela n.° 6.206, dictado por el Presidente de la República; mediante el cual, prorroga por sesenta (60) días el plazo establecido en el Decreto n° 2.071, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 40.773 del 23 de octubre de 2015, en el cual se declaró el estado de excepción en el municipio Atures del estado Amazonas, conforme al artículo 339 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la ley, declara: 1.- Que es COMPETENTE para revisar la constitucionalidad del Decreto 2.157, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela n.° 6.206, dictado por el Presidente de la República; mediante el cual, prorroga por sesenta (60) días el plazo establecido en el Decreto n° 2.071, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 40.773 del 23 de octubre de 2015, en el cual se declaró el estado de excepción en el municipio Atures del estado Amazonas. 2.- La CONSTITUCIONALIDAD del Decreto 2.157, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela n.° 6.206, dictado por el Presidente de la República; mediante el cual, prorroga por sesenta (60) días el plazo establecido en el Decreto n° 2.071, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 40.773 del 23 de octubre de 2015, en el cual se declaró el estado de excepción en el municipio Atures del estado Amazonas, conforme al artículo 339 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 3.- Se ordena la PUBLICACIÓN de la presente decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta judicial y en la página web de este Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

estado de excepciónconstitucionalidadDecreto N.° 2.157municipio Aturesseguridad ciudadana

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