Sentencia N° 2 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de enero de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 02, Exp. 02-3157, 08/01/2003
Expediente02-3157
PonenteIVÁN RINCÓN URDANETA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-01-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional admite a los coadyuvantes que se han presentado de manera auténtica antes de la fecha de la sentencia, ordenando su representación por la Defensoría del Pueblo y otros abogados. Se destaca que el número de coadyuvantes supera las treinta mil personas, lo que impide la realización de un acto procesal donde todos intervengan. La decisión se fundamenta en la defensa de los derechos e intereses difusos y colectivos de los ciudadanos, conforme a lo establecido en la Constitución.
Extracto de la motiva
Visto que a la Defensoría del Pueblo le compete la defensa, vigilancia y promoción de los derechos e intereses difusos y colectivos de los ciudadanos y ciudadanas (artículo 280 constitucional) y que con ese fin se ha hecho coadyuvante con los accionantes. Visto que esta Sala, en fallo de 30 de junio de 2002 (caso: Dilia Parra), consideró que a menos que la ley le niegue la acción, los ciudadanos tienen acceso a la justicia conforme al artículo 26 constitucional, por lo que ellos pueden incoar acciones en defensa de los derechos e intereses difusos y colectivos, y visto igualmente que la Constitución faculta la actuación de la sociedad civil organizada, mediante organizaciones no gubernamentales.
Dispositiva
La Sala admite como coadyuvantes a todos los que se han presentado como tales de manera auténtica anterior a esta fecha, y ordena que los coadyuvantes con la parte accionante sean representados por la Defensoría del Pueblo, por María Alejandra Díaz, por Judith Aparicio y la Federación Nacional de Defensa de los Derechos Humanos; mientras que los coadyuvantes con los presuntos agraviantes serán representados por Luis Alexander Suárez, quedando todos a derecho para los actos procesales subsiguientes. No se admiten más coadyuvantes distintos a los que de manera auténtica lo hayan manifestado con anterioridad a esta fecha.
Palabras clave
coadyuvantesderechos difusosintereses colectivosDefensoría del Puebloacceso a la justiciarepresentación legal