Sentencia N° 1999 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de septiembre de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 1999, Exp. 04-1601, 08/09/2004
Expediente04-1601
PonenteJOSÉ MANUEL DELGADO OCANDO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-09-08
DecisiónRemitir
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un expediente relacionado con una acción de amparo constitucional presentada por AUTO RESORTES TUY C.A. contra una medida cautelar dictada por el Inspector del Trabajo. La Sala, tras analizar la situación de inaccesibilidad temporal de la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo, decidió remitir la causa a dicha Corte para que se pronuncie sobre la consulta del fallo proferido en el primer grado de jurisdicción. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar el debido proceso y la correcta administración de justicia.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, en virtud de la situación excepcional de inaccesibilidad de la Corte Primera, ha decidido conocer per saltum de las apelaciones y consultas de los fallos que dictaran los Juzgados Superiores en lo Contencioso-Administrativo. Esto se fundamenta en la necesidad de asegurar el acceso a la justicia y el respeto a los derechos fundamentales de las partes involucradas. La Sala también hace referencia a decisiones anteriores que establecen la competencia de la Corte Primera en estos casos, así como a la normativa que regula el funcionamiento del Tribunal Supremo de Justicia.
Dispositiva
Esta Sala, con fundamento en el literal b) de la Disposición Derogatoria, Transitoria y Final de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y en el artículo 4 de la Resolución dictada, el 10 de diciembre de 2003, por la Sala Plena de este Supremo Tribunal, acuerda REMITIR la presente causa a la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo para que se pronuncie sobre la consulta del fallo proferido en este proceso en el primer grado de jurisdicción. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo. Cúmplase lo ordenado.