Sentencia N° 1994 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de noviembre de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1994, Exp. 06-1517, 21/11/2006
Expediente06-1517
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2006-11-21
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada Yelena Martínez González, en su carácter de defensora de la ciudadana Marilú Rosalía Arias. La acción de amparo fue considerada inadmisible, ya que se alegó que la demandante había optado por recurrir a las vías judiciales ordinarias, lo que contraviene lo establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
La acción de amparo interpuesta es inadmisible, a tenor de lo establecido en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y así se debió declararla el a quo. Es por esta razón –más no por la apelación ejercida- por lo que esta Sala pasa a revocar la decisión apelada, y así se declara.
Dispositiva
1.- Declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada YELENA MARTÍNEZ GONZÁLEZ, Defensora Pública Décimaquinta adscrita a la Unidad de la Defensa Pública Penal del Estado Lara, en su carácter de defensora de la ciudadana MARILU ROSALÍA ARIAS. 2.- Declara INADMISIBLE -por las razones expuestas en el presente fallo- la acción de amparo interpuesta por la prenombrada Defensora Pública Penal, contra la decisión del 18 de julio de 2006, dictada por el Juzgado Cuarto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. En consecuencia, REVOCA la decisión del 10 de agosto de 2006, dictada por la Corte de Apelaciones del señalado Circuito Judicial Penal, en la que declaró improcedente –in limine litis- la referida acción de amparo.
Palabras clave
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