Sentencia N° 199 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de junio de 2018
TSJ/SC, Sent. N° 0199, Exp. 15-0644, 12/07/2019
Expediente15-0644
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2018-06-21
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia N° 0407 el 21 de junio de 2018, en la que declaró 'NO HA LUGAR' la solicitud de revisión constitucional presentada por Hilario Manuel Padrino Malpica. La sentencia revisó y anuló decisiones anteriores relacionadas con un recurso contencioso administrativo contra la Fundación Instituto Carabobeño para la Salud (INSALUD). Además, se ordenó al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo pronunciarse nuevamente sobre la querella funcionarial incoada por el solicitante.
Extracto de la motiva
Así entonces, a los fines de corregir la omisión advertida, esta Sala Constitucional ORDENA el desglose del expediente identificado bajo el N° 2015-000644 de la nomenclatura de esta Sala y en este sentido ordena se remita el anexo 01 del expediente original, al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte a los fines de pronunciarse nuevamente sobre la querella funcionarial incoada por el ciudadano Hilario Manuel Padrino Malpica, contra la Fundación Instituto Carabobeño para la Salud (INSALUD), conforme a los términos expresados en el fallo Nro. 0407 del 21 de junio de 2018.
Dispositiva
1. NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional interpuesta por el ciudadano HILARIO MANUEL PADRINO MALPICA. 2. REVISA de oficio la sentencia del 18 de noviembre de 2004. 3. ANULA la referida sentencia objeto de revisión de oficio. 4. ORDENA al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo pronunciarse nuevamente sobre la querella funcionarial incoada por el ciudadano Hilario Manuel Padrino Malpica.