Sentencia N° 1988 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de noviembre de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1988, Exp. 06-1398, 21/11/2006
Expediente06-1398
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2006-11-21
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión presentada por los abogados de Rosa Rodríguez de Sánchez y sus hijas, contra una sentencia de la Sala de Casación Civil. La solicitud fue considerada ininteligible, ya que no se especificaron las violaciones a derechos alegadas. La Sala fundamenta su decisión en la falta de claridad y precisión en la presentación de la solicitud, lo que impide su tramitación adecuada.

Extracto de la motiva

El numeral 10 del artículo 336 de la Constitución le atribuye a la Sala Constitucional la potestad de: “revisar las sentencias definitivamente firmes de amparo constitucional y de control de constitucionalidad de leyes o normas jurídicas dictadas por los tribunales de la República, en los términos establecidos por la ley orgánica respectiva”. De allí que, el numeral 4 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, establece la potestad de asignarle a esta Sala la atribución de “Revisar las sentencias dictadas por una de las Salas, cuando se denuncie fundadamente la violación de principios jurídicos fundamentales contenidos en la Constitución”. Visto que lo solicitado en la presente causa es la revisión de la sentencia dictada por la Sala de Casación Civil el 4 de abril de 2006, esta Sala resulta competente para el conocimiento de la misma. Así se decide. Decidido lo anterior, observa la Sala, que la forma en la cual planteó el solicitante la presente revisión, ha sido vaga e imprecisa, prolija en citas a filósofos y juristas que ocuparon ocho (8) folios de los doce (12) que contienen la supuesta solicitud que pretende el recurrente que esta Sala realice. Únicamente se puede deducir que la solicitud de revisión esta dirigida a la sentencia dictada por la Sala de Casación Civil, el 4 de abril de 2006, pero imposible determinar cuál fue la actuación que el recurrente alega como violatoria de sus derechos.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE por ininteligible, la solicitud de revisión constitucional de la sentencia dictada por la Sala de Casación Civil de este Máximo Tribunal el 4 de abril de 2006, interpuesta por los abogados Jesús Eduardo Bernardoni López y Juan Carlos Sabal Suárez, actuando como apoderados de las ciudadanas Rosa Rodríguez de Sánchez y de sus hijas Silvia Rosa, Cecilia Marina, María de la Natividad y Jinny Emily Sánchez Rodríguez. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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