Sentencia N° 1983 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de septiembre de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 1983, Exp. 03-2281, 08/09/2004
Expediente03-2281
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-09-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se confirma la decisión del Juzgado Superior en lo Civil, que declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por Rubén Aníbal Rodríguez Herrera. El accionante alegó que no fue notificado de la sentencia definitiva en un juicio de prestaciones sociales, lo que le impidió ejercer su derecho a la defensa y a la apelación. La Sala constató que efectivamente se vulneró su derecho a la defensa al no ser notificado de la sentencia dictada fuera del lapso legal.

Extracto de la motiva

Constata la Sala que la decisión dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y con Competencia Transitoria de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, el 18 de agosto de 2003, declaró con lugar, la presente acción de amparo constitucional, por cuanto se le había vulnerado el derecho a la defensa al accionante en amparo, visto que éste no había sido notificado, por el juez de la causa, de la sentencia definitiva. En efecto, de las actas que conforman el presente expediente, evidencia la Sala, que el ciudadano Rubén Aníbal Rodríguez Herrera, no pudo ejercer recurso de apelación contra la sentencia definitiva dictada en el juicio primigenio, habida cuenta que la notificación del fallo sujeto a apelación no se produjo y ésta era obligatoria, toda vez que dicho fallo se dictó fuera del lapso, motivo por el cual el accionante no dispuso válidamente de este mecanismo procesal para la defensa de sus derechos.

Dispositiva

CONFIRMA, la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y con Competencia Transitoria de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, el 18 de agosto de 2003, que declaró CON LUGAR la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano RUBÉN ANÍBAL RODRÍGUEZ HERRERA, asistido por la abogada Mary Rodríguez Herrera, contra la omisión en la que incurrió el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.

Palabras clave

amparo constitucionalderecho a la defensanotificaciónsentencia definitivavulneración de derechosrecursos procesalesjuicio de prestaciones sociales

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