Sentencia N° 1977 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de julio de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 1977, Exp. 04-0713, 25/07/2005
Expediente04-0713
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-07-25
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un expediente relacionado con una acción de amparo constitucional interpuesta por José Rafael Granado contra un auto de embargo preventivo dictado por un Juzgado de Primera Instancia. El demandante argumentó que la medida afectaba sus derechos fundamentales y los de sus compañeros de trabajo, al interrumpir el contrato de servicios que tenían con la empresa demandada. La Sala, tras analizar el caso, concluyó que el demandante no tenía legitimación para interponer la acción de amparo, ya que no era parte en el juicio mercantil que originó el embargo.
Extracto de la motiva
La Sala considera que el accionante no tenía cualidad para interponer la acción de amparo constitucional, dado que la decisión que se impugnaba no afectaba directamente sus derechos. Se argumenta que la acción de amparo debe ser ejercida por quien ha sido directamente afectado por la vulneración de derechos o garantías constitucionales. En este caso, el demandante alegó una afectación indirecta, lo cual no es suficiente para justificar la admisibilidad de la acción. La Sala reafirma que el interés jurídico debe ser actual y directo, y concluye que la acción de amparo es inadmisible.
Dispositiva
Por lo expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, CONFIRMA en los términos expuestos en el presente fallo, la decisión dictada el 2 de febrero de 2004 por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional, interpuesta contra la decisión dictada el 22 de enero de 2004 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la misma Circunscripción Judicial.
Palabras clave
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