Sentencia N° 1975 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de noviembre de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1975, Exp. 06-1222, 21/11/2006
Expediente06-1222
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2006-11-21
DecisiónHa lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 21 de noviembre de 2006, revisó la solicitud presentada por Alfredo Sánchez Camacho contra la sentencia de la Sala de Casación Civil que declaró inadmisible su recurso de casación. La Sala encontró que la decisión impugnada infringió principios fundamentales de la Constitución, como el debido proceso y el acceso a la justicia, al no considerar adecuadamente la situación del recurrente como codemandado.
Extracto de la motiva
La Sala estima conveniente reiterar que la facultad revisora que le ha sido otorgada por nuestra Carta Magna de 1999, tiene como finalidad primordial garantizar la uniformidad en la interpretación de normas y principios constitucionales, por lo que en ningún momento debe ser considerada como una nueva instancia, dado que sólo procede en los casos de sentencias definitivamente firmes. Así pues, al tratarse de una revisión de sentencias definitivamente firmes, es menester indicar que la revisión constitucional es extraordinaria, excepcional, restringida y discrecional, de tal manera que sólo en el caso que se evidencie en la decisión jurisdiccional, una infracción a los principios constitucionales o que la misma es contraria a la doctrina asentada por esta Sala Constitucional en la interpretación de normas constitucionales, será entonces cuando la Sala aplicará el correspondiente control posterior que tiene como objetivo subsanar la violación producida, lo que significa, a su vez, que si la pretensión deducida no es concedida, ello no quiere decir que exista la violación del derecho a la defensa y del debido proceso del solicitante.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HA LUGAR a la solicitud de revisión presentada por el ciudadano Alfredo Sánchez Camacho, en contra de la sentencia dictada el 21 de febrero de 2006, por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, se anula parcialmente la sentencia antes mencionada, y se Ordena remitir copia certificada de la presente decisión a la referida Sala de Casación Civil, para que dicte nueva decisión con estricta sujeción a los términos indicados en el presente fallo.
Palabras clave
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