Sentencia N° 1974 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de diciembre de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 1974, Exp. 22-0380, 14/12/2023
Expediente22-0380
PonenteMichel Adriana Velásquez Grillet
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-12-14
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Wilkar Vicente Sequera Garrido, quien solicitó un amparo constitucional contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible su acción. La Corte de Apelaciones había fundamentado su decisión en la falta de legitimidad del recurrente para impugnar la decisión de un tribunal inferior, así como en el consentimiento expreso del agraviado por la inacción en el lapso correspondiente. La Sala Constitucional confirmó la inadmisibilidad del recurso, argumentando que la acción de amparo fue presentada fuera del plazo legal establecido.
Extracto de la motiva
Por las razones aquí expuestas, en este caso concreto la decisión dictada en fecha 30 de Julio de 2019, en lo que el Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control N° 1, orden[ó] la entrega del vehículo objeto de solicitud al único reclamante aunado al hecho que en fecha 20 de abril de 2022 se decreto definitivamente firme la decisión de fecha 30 de Julio del 2019 y siendo que [la] Corte de Apelaciones no reconoció la legitimidad del ciudadano Wilkar Vicente Sequera Garrido impugnar la decisión de fecha 30 de julio del 2019, que fue ratificada el 30 de noviembre del 2020, es inimpugnable a través de la vía extraordinaria de amparo constitucional tal decisión, toda vez que esta alcanzó el valor de cosa Juzgada, y no se evidencia que haya existido violación alcanza y que el cual no fue impugnado en la debida oportunidad, por lo que esta acción de amparo constitucional signado con el N° UP01-O-2022-000012, debe ser declarada inadmisible. Y así se decide…
Dispositiva
1.- Es COMPETENTE para conocer del recurso de apelación de amparo constitucional, interpuesto el 9 de mayo de 2022, por el ciudadano WILKAR VICENTE SEQUERA GARRIDO, asistido por el abogado Edwin José Sequera Profeta, antes identificados, contra el fallo dictado, el 6 de mayo de 2022, por la Corte de Apelaciones Accidental Sección Ordinaria del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy. 2.- SIN LUGAR la apelación interpuesta. 3.- CONFIRMA la decisión dictada el 6 de mayo de 2022, por la Corte de Apelaciones Accidental Sección Ordinaria del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, que declaró INADMISIBLE la acción de amparo propuesta.