Sentencia N° 197 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de mayo de 2021

TSJ/SC, Sent. N° 0197, Exp. 16-0704, 28/05/2021
Expediente16-0704
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2021-05-28
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre la solicitud de revisión constitucional presentada por Janipsy Mayanet Puerta Rada, a través de su abogado Pedro José Rodríguez Ríos, contra la sentencia N° 374 de la Sala de Casación Civil, que declaró perecido el recurso de casación. La Sala examina la competencia para conocer de la solicitud y determina que la revisión es procedente debido a los errores en la notificación de la sentencia original dictada por el Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de Caracas.

Extracto de la motiva

Ello así, esta Sala estima que para poder dictar una decisión ajustada a derecho se requiere hacer un estudio de las actas de expediente, a los efectos de evidenciar el trámite de notificación de las partes de la sentencia dictada el 11 de agosto de 2014, por el Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, motivo por el cual, de conformidad con la potestad establecida en el artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se ORDENA al Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que dentro del lapso de cinco (5) días de despacho siguientes a su notificación, remita a esta Sala copia certificada del libro diario de los días transcurridos desde el 11 de agosto de 2014, fecha en la que el Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dictó sentencia, hasta el día 20 de enero de 2015, fecha en la que el mencionado tribunal de alzada declaró definitivamente firme dicho fallo y ordenó la remisión del expediente al Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial.

Dispositiva

Se ordena al Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que dentro del lapso de cinco (5) días de despacho siguientes a su notificación, remita a esta Sala copia certificada del libro diario de los días transcurridos desde el 11 de agosto de 2014, hasta el día 20 de enero de 2015. Asimismo, se ordena al Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito que remita el expediente en original dentro del mismo lapso.

Palabras clave

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