Sentencia N° 1968 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de noviembre de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1968, Exp. 06-1113, 21/11/2006
Expediente06-1113
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-11-21
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

El ciudadano Jossey Perozo interpuso una acción de amparo constitucional contra la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que declaró sin lugar su apelación. La Sala Constitucional del TSJ analizó la competencia para conocer del caso y determinó que la acción de amparo era improcedente, ya que no se evidenció un abuso de poder o usurpación de funciones por parte del tribunal inferior. La Sala concluyó que las decisiones de la Corte Primera se enmarcan dentro de sus atribuciones y que los errores de juzgamiento no justifican la tutela del amparo.

Extracto de la motiva

En primer lugar, debe esta Sala determinar su competencia para conocer de la presente acción y, a tal fin, se observa que la misma ha sido incoada en contra de un fallo dictada por un tribunal de última instancia, cual es la sentencia nº 2006-000033, de 31 de enero de 2006, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Al respecto, se precisa que, tal y como lo dispone la Disposición Derogatoria, Transitoria y Final, letra b) de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, hasta tanto se dicte la ley que regule la jurisdicción constitucional, la tramitación de los recursos se rige por las normativas especiales, en cuanto le sean aplicables, así como por las interpretaciones vinculantes que haya dictado esta Sala de conformidad con la atribución a ella conferida por el artículo 335 de la Constitución. Así las cosas, de conformidad con lo previsto en el artículo en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y en un todo conforme con las interpretaciones vinculantes establecidas en fallos del 20 de enero y 14 de marzo de 2000 (casos: Emery Mata Millán y Elecentro, respectivamente), es esta Sala la competente para conocer los amparos incoados contra sentencias proferidas por órganos jurisdiccionales de última instancia, tal y como sucede en el caso de autos. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE –in limine litis- la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSSEY PEROZO, arriba identificado, contra la sentencia nº 2006-000033, de 31 de enero de 2006, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

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