Sentencia N° 1965 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de diciembre de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 1965, Exp. 23-0209, 14/12/2023
Expediente23-0209
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-12-14
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por el abogado Leudys Germán Utrera Olivero, en representación del ciudadano Alexis Ysidro Aguilar Aponte, contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico que declaró improcedente in limine litis la acción de amparo. La Sala consideró que la acción de amparo no era idónea, ya que no se cumplían los requisitos de inmediatez y posibilidad de la amenaza contra los derechos alegados.
La Corte revocó el fallo apelado y declaró inadmisible la acción de amparo, argumentando que la negativa del Juzgado de Primera Instancia de mostrar las credenciales del experto no constituía una violación de derechos constitucionales. Se enfatizó que la defensa tenía la oportunidad de oponerse a las pruebas en la fase procesal correspondiente y que la acción de amparo no era procedente en este caso.
Finalmente, la Sala reafirmó su competencia para conocer la apelación y dictó su decisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, ordenando la publicación y registro de la sentencia.
Extracto de la motiva
motivación que antecede, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del [E]stado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se pronuncia. PRIMERO: Se declara competente para conocer del presente procedimiento de amparo. SEGUNDO: Se declara Improcedente In Limine Litis, la acción de amparo propuesta por el abogado Leudys Germán Utrera Olivero, quien actúa en (sic) como [d]efensor [p]rivado de los derechos del acusado Alexis Isidro (sic) Aguilar Aponte, en contra del Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede San Juan de los Morros, en la persona de su jueza, la abogada Johana Adelaida Cansino Castillo, por no darse los supuestos legales de procedencia a que se IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 5 de 18
Dispositiva
1.- COMPETENTE para conocer la apelación ejercida. 2.- CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Leudys Germán Utrera Olivero, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadano Alexis Ysidro Aguilar Aponte, ya identificados, contra la decisión dictada el 25 de octubre de 2022, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico que declaró improcedente in limine litis, la acción de amparo propuesta. 3.- Se REVOCA el fallo dictado el 25 de octubre de 2022, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de Estado Guárico. 4.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta contra la presunta negativa del Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en mostrar las credenciales del experto en la audiencia oral de juicio celebrada en el marco del juicio que se le sigue al ciudadano ALEXIS YSIDRO AGUILAR APONTE.