Sentencia N° 1964 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de octubre de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1964, Exp. 07-1219, 22/10/2007
Expediente07-1219
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-10-22
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 22 de octubre de 2007, se pronunció sobre la solicitud de revisión interpuesta por la abogada Mirtha Guedez en nombre de Luisa Hernández de Frontado, respecto a un fallo de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declaró sin lugar un recurso de apelación. La Sala consideró que la revisión no se enmarca dentro de la finalidad de preservar la uniformidad de la interpretación de normas constitucionales y desestimó la solicitud.

Extracto de la motiva

La Sala estima que la situación planteada no se enmarca dentro de la finalidad que persigue la solicitud de revisión en los términos expresados en los fallos citados supra. En consecuencia, esta Sala desestima la revisión solicitada de conformidad con el criterio antes expuesto -Vid. Sentencias de esta Sala Nros. 93/01, 325/05 y 260/01 casos: “Corpoturismo”, “Alcido Pedro Ferreira” y “Benítez Bolívar” respectivamente-. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión interpuesta por la abogada Mirtha Guedez, apoderada judicial de la ciudadana LUISA HERNÁNDEZ DE FRONTADO, del fallo dictado el 12 de marzo de 2007, por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que declaró sin lugar el recurso de apelación contra la decisión dictada el 3 de octubre de 2005 por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital.

Palabras clave

revisióncontencioso administrativojubilaciónpensionesderechos socialesAsamblea Nacionalinterpretación constitucional

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